Reino Animal

Las mascotas ya no son objetos

Cuando hablamos de mascotas, nos podemos referir a ellas como compañeros de vida. Esos que conforman nuestro núcleo familiar y nos aportan una luz diferente entre la convivencia de un animal y un ser humano. A lo largo de la historia han sido vistos como dioses, dadores de buena suerte, guías del camino al más allá, protectores de puertas al inframundo, héroes sin una capa y seres leales hasta la raíz. Y con ello no solo nos referimos a animales domésticos. Englobamos a cada una de las especies que conforman el ecosistema y aportan un equilibrio. Por otra parte nuestras mascotas están ganando cierto tipo de derechos y bases legales con el fin de darle una importancia relevante a lo que es un ser sintiente que forma parte de nuestra familia.

Al exponer que las mascotas ya no son objetos, intentamos dar una caracterización legal a las mascotas que se ven envueltas en casos atribuidos a la ley que representa un ente o estado. Quizás se te empieza hacer complejo de digerir todo esto, pero no te preocupes, pues te lo desglosamos de una forma sencilla. Hace unas semanas en la nación española se dio a conocer bajo el ámbito jurídico una serie de normas que regulan varios estados de un animal de compañía. Lo que dota a nuestras mascotas con derechos que podrían influir en las dinámicas legales en un núcleo familiar.

Existen un sin número de antecedentes alrededor del mundo que atribuyen ciertos parámetros legales a la idea de un compañero animal. Naciones como: Austria, Suiza, Alemania, Portugal, Francia, Bélgica, Canadá, entre otros; han ido adoptando una posición con el fin de involucrar en formas legales a nuestros compañeros de vida. Por consiguiente esta reforma en la ley española del código civil desarrolla que un animal que esté en medio de un proceso de divorcio o separación no será eludido, abandonado, maltratado o usado con el fin de transgredir a parte del conflicto.

¿Qué significa esto? Pues básicamente que un animal doméstico o de granja disfrutara de derechos al momento de efectuarse una separación de bienes. Y con derechos nos referimos a una custodia compartida de la mascota por ambas partes. Si existe algún tipo de conducta que ponga en peligro la calidad de vida de la mascota o su tranquilidad, se le será dada plena custodia a uno de los interesados. Ambos cónyuges tendrán el deber y obligación sobre la manutención y cuidado de la mascota. Por otra parte, si un desconocido encuentra una mascota extraviada, tendrá que devolverla como lo expone la ley, y los dueños deberán pagar cualquier tipo de cuidado suministrado por la persona que encuentre al animal.

En cuanto al bienestar de los animales de granja, estos no serán embargados en caso de existir un proceso de hipoteca. Por lo que los dueños tendrán potestad sobre éstos al ser pilares en su núcleo familiar. Como conclusión podemos apreciar como poco a poco van evolucionando las leyes de sensibilidad ante los animales que tengan algún tipo de lazo emocional con lo humanos. Todo ello con el fin de cuidar el bienestar, la tranquilidad y calidad de vida de nuestras mascotas.

 

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